Inspecciones policíacas: el fallo de la corte que genera tanta desconfianza

16 marzo, 2018

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional las inspecciones por parte de los policías, es decir, que cuando un agente se encuentre investigando algún delito, reciba una denuncia o tenga una “sospecha razonable”, sin que haya una orden judicial o ministerial, podrán realizar inspecciones a personas o vehículos.

Dicha decisión fue tomada por los ministros luego de haber estudiado dos acciones de inconstitucionalidad: 10/2014 y 11/2014, emitidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y por el Instituto Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI).

El fallo de la corte ha puesto sobre la mesa del debate en los medios y en la opinión pública, la forma en cómo actúan y cuál será el papel de la policía con la sentencia emitida por los ministros.

En la queja promovida por la CNDH y el INA argumentan que los artículos 132, fracción VII; 147, tercer párrafo; 251, fracciones III y V; 266, y 268 del Código Nacional de Procedimiento Penales, son normas que violan el derecho a la liberta de tránsito, a la seguridad jurídica, a la vida privada, a la integridad de las personas y a la no injerencia arbitral.

Policías en México: ineficacia, incapacidad y desconfianza

Sin embargo, dichos argumentos no fueron determinantes para que la corte tomara una decisión a su favor, si no que en voz del propio ministro Javier Láynez no son pruebas válidas, ya que, las inspecciones forman parte de los controles preventivos y provisionales autorizados al amparo, la prevención y persecución de los delitos.

Pero puntualizó en que las inspecciones por parte de los agenten sólo se ajustarán a los parámetros constitucionales, es decir, cuando ocurra un delito en flagrancia, o por revisión y no por la “apariencia de las personas”. 

A pesar de las explicaciones que dieron varios de los ministros, donde expresaron sus argumentos del por qué su decisión, este jueves la SCJN tuvo que difundir por internet y vía redes sociales, una ficha informativa donde explica cuáles son las situaciones cuando un agente puede realizar la inspección.

De acuerdo con La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), “en ningún momento un policía puede inspeccionar a personas y vehículos a su antojo” quedando también fuera la ley que lo agentes quieran inspeccionar arbitrariamente un automóvil o a los pasajeros por cometer alguna infracción de tránsito, ni tampoco los cateos a domicilios sin orden judicial.

En cambio, lo que la corte emitió fue que las autoridades sólo pueden inspeccionar si se encuentra abierta una investigación criminal, así como en el caso de flagrancia, la cual procede en caso de que exista una “sospecha razonable” de que la persona coincide con las características del sujeto denunciado.

También las inspecciones serán válidas cuando el delito ya ha sido cometido y hay una investigación en curso. Mientras que en el caso de los vehículos; si el agente observa hechos o circunstancias que lo hagan “suponer que se está cometiendo un delito”, entonces podrá proceder.

Inspecciones

Aclaraciones respecto a la resolución sobre las inspecciones de personas y vehículos en las acciones de inconstitucionalidad 10/2014 y 11/2014. Este jueves continúa el análisis, sigue la sesión en vivo en: www.supremacorte.gob.mx

Posted by Suprema Corte de Justicia de la Nación on Wednesday, March 14, 2018

Ante este hecho la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió su posicionamiento mediante un comunicado, donde manifestó su preocupación ante dicha decisión de la corte, debido a que aseguran, sigue “propiciando violaciones a derechos y libertades básicas de las personas, sobre todo en contra de adolescentes y jóvenes.”

La CNDH asevera que la aplicación de los artículos señalados en el Código Nacional de Procedimiento Penales, pueden llegar a vulnerar el derecho a la presunción de inocencia, al debido proceso, y a la libertad personal.

Policías en México 

El fallo de la corte se da en un momento histórico para México, el cual se encuentra en un contexto donde se han señalado las violaciones a los derechos humanos por parte de las autoridades.

Los índices de corrupción e impunidad que tienen envueltos al país en una crisis jurídica, han provocado que la ciudadanía se sienta preocupada y en un estado de desconfianza hacia las instituciones y hacia los agentes de seguridad.

Según cifras de La Encuesta Nacional de Seguridad Publica Urbana, del INEGI, el 72% de los mexicanos piensa que la ciudad donde viven no es seguridad.

En el año 2016, el estudio “Ser Policía en México” reveló que el 35% de la población mexicana asocia a los policías con la corrupción, mientras que el 13% con inseguridad y el 19% con cuestiones negativas como el miedo y la desconfianza.

A mediados del 2017, dentro de la primera Reunión Nacional de Academias de Seguridad Pública e Institutos de Formación Policial, el gobierno aseguró que, a lo largo y ancho del país, existen 450 mil policías federales, estatales y municipales, sin embargo, también reconocieron que dicho número de agentes sebe aumentar al doble.

La ONU ha pronunciado que en México existen 2.9 agentes por cada mil habitantes. Además de que dentro del Índice Global de Impunidad México 2018, trabajado por la Universidad de las Américas Puebla, puntualizó que faltan al menos 120 mil policías estatales para cubrir el déficit de agentes.

Sumado a que tampoco existe la cantidad suficientes jueces para atender la demanda, ya que,de cada 100 mil habitantes, existen 3.59 magistrados. Lo cual ha provocado que el México viva en  un 99.3% de impunidad en los delitos en general que se comenten en el país.

En cuanto al tema de las detenciones en flagrancia, organizaciones como Amnistía Internacional, presentó el año pasado, el informe “Falsa Sospechas”, donde señalan que los arrestos de hombres y mujeres cuando comenten un supuesto delito, no funciona como una respuesta que ayude a dar resultado a favor de la seguridad.

Asegurando que las detenciones en flagrancia son utilizadas por los policías de forma ilegal, principalmente con personas de un extracto social “pobre y que históricamente han sufrido discriminación.”

Por su parte, la misma Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha denunciado que las detenciones arbitrarias, son una de las principales causas de inconformidad, puesto que han llegado a recoger 10 mil 225 quejar por dicho motivo.

Según datos la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2017, señala que, en materia de corrupción y desconfianza, la población percibe mayor presencia en policías Federales y Estatales, seguidos de los agentes de tránsito y policía municipal.

Cuando La Suprema Corte de Justicia de la Nación debatió el tema de las inspecciones policiacas, fueron los propios ministros José Ramón Cossío Díaz y Arturo Zaldívar, los únicos magistrados que expresaron su desacuerdo con el fallo.

El ministro José Ramón Cossío Díaz sentenció: “No puedo aceptar la afirmación de que las inspecciones son y deben ser la tarea primordial y connatural de la función investigadora de los delitos en la etapa de investigación, sin necesidad de pasar por el control judicial”.

En tanto que el ministro Arturo Zaldívar expresó que los agentes pueden tomar el pretexto de alguna investigación delictiva para llevar a cabo alguna inspección. 

Y mientras el tema se sigue discutiendo en el debate público, a nivel nacional en el año 2017, 30 millones de mexicanos declararon haber sido víctimas de algún delito, de las cuales 3 millones presentaron una denuncia y 2 millones de ellas tuvieron una averiguación previa o se abrió una carpeta de investigación.

Pero los otros 28 millones de agraviados, decidieron no emitir ninguna denuncia, debido a que piensas que se trata de una pérdida de tiempo, ya que, existe una gran desconfianza hacia las autoridades, todo esto sustentados en la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2017.

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